martes, 28 de marzo de 2017

PRECARIZACIÓN DEL PERSONAL EVENTUAL EN EL REPARTO DE TARDE CON JORNADA PARCIAL, ¡BASTA YA DE ABUSO!

[Comunicado de la Plataforma de Eventuales de Correos]

Según fuentes bien informadas los contratos basura de notificaciones‐tarde que hemos estado sufriendo los últimos meses, se consolidaran a partir de abril con 2.000 contratos de 4 horas 5 días a la semana, y 4.000 de 4 horas 2 días a la semana en todo el Estado, y con un cambio en la causa del  contrato,  pues  ya no  serán  de  ‘notificaciones’,  sino  de  ‘reparto  turno  tarde’  lo  cual  lleva implícito el reparto de todo lo que quiera la empresa (paquetes, certificados, cartas urgentes,
ordinarias…)

Estos cambios comportarán una sustitución y minoración de contratos a jornada completa en turno de mañana, por contratos de jornada parcial turno de tarde. La consecuencia inmediata e inevitable será la menor contratación durante el verano en el turno de mañana para suplir vacaciones.

Algunos indicios parecen confirmar que la estrategia de Correos pasa por introducir nuevo personal eventual aprovechando el nuevo turno de tarde, personal dócil, que por necesidad acepte las más duras y precarias condiciones laborales. En este sentido nos llegan informaciones sobre coacciones a este personal por parte de jefes de cartería mediante el señuelo o la zanahoria de llegar a ser fijos en la empresa...

Parece ser que la empresa también está conminando a algunos eventuales a aceptar contratos trabajando 2 días en una oficina y 3 en otra, o en diferentes distritos, lo cual no sólo comporta un abuso y maltrato hacia el trabajador, sino un perjuicio al servicio y a la ciudadanía, por la movilidad que aplica la empresa, extremo que recoge el Tercer Convenio.

Desde esta plataforma rechazamos de plano estas medidas y exigimos que las contrataciones sean preferentemente a jornada completa.

Una vez más constatamos que estos abusos hacia el personal eventual, por parte de Correos, se están ejecutando con la complicidad (por activa y por pasiva) de los sindicatos mayoritarios.

                              
                                        plataformaeventualescorreos@gmail.com


jueves, 23 de marzo de 2017

Acta de constitución de la PLATAFORMA DE EVENTUALES DE CORREOS (PEC)

Reunidos los representantes provinciales de los trabajadores eventuales de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. Y ante la indefensión y el trato discriminatorio continuo al que nos vemos y sentimos sometidos, se inicia con este documento la creación de la PLATAFORMA DE EVENTUALES DE CORREOS (PEC), con los siguientes OBJETIVOS GENERALES:

- PRIMERO: DEFENDER Y MEJORAR LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS EVENTUALES DE LA SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A.
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    SEGUNDO: EJERCER PRESIÓN SOBRE LA EMPRESA Y SOBRE LOS SINDICATOS QUE NOS REPRESENTAN, PARA LLEVAR A CABO EL OBJETIVO PRIMERO DE ESTA PLATAFORMA.
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TERCERO: PERSEGUIR Y DENUNCIAR LAS IRREGULARIDADES COMETIDAS POR PARTE DE LA EMPRESA SOBRE EL COLECTIVO EVENTUAL
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CUARTO: EXIGIR INFORMACIÓN VERAZ  A LA EMPRESA Y A LOS SINDICATOS  SOBRE TODO LO QUE TENGA RELACIÓN CON LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS EVENTUALES.
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QUINTO: REALIZAR CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN Y MOVILIZACIÓN CUANDO CREAMOS CONVENIENTE PARA DENUNCIAR ASÍ ACTUACIONES QUE AFECTEN NEGATIVAMENTE A LOS TRABAJADORES/ORAS EVENTUALES.

- SEXTO: LA PLATAFORMA DE EVENTUALES DE CORREOS DESARROLLA SU ACTIVIDAD EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, YA SEA POR SÍ MISMA  Y/O EN COOPERACIÓN CON OTRAS ORGANIZACIONES QUE PERSIGAN LOS MISMOS OBJETIVOS Y/O SIMILARES.

- SÉPTIMO: ÉSTA PLATAFORMA ES DE TIPO ASAMBLEARIO Y COMO TAL, ÉSTE ES SU FUNCIONAMIENTO. SERÁN ESCUCHADAS Y RESPETADAS TODAS LAS OPINIONES. LAS DECISIONES SE TOMARAN POR MAYORÍA EN VOTACIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE TODAS LAS PROVINCIAS. A SU VEZ, ESTOS REPRESENTANTES VENDRÁN AVALADOS POR LO VOTADO MAYORITARIAMENTE EN LA ASAMBLEA DE TRABAJADORES/DORAS EVENTUALES DE SU PROVINCIA.





OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

-          PRIMERO: EL ACCESO COMO PERSONAL FIJO, SERÁ A TRAVÉS DE LA ANTIGÜEDAD TOTAL EN LA EMPRESA, NO A TRAVÉS DE UN EXAMEN DE CONSOLIDACIÓN. ÚNICAMENTE PODRÁ ACCEDER COMO PERSONAL FIJO, EL PERSONAL INSCRITO EN LAS BOLSAS DE CONTRATACIÓN. EXISTIRÁ UN LISTADO PROVINCIAL PÚBLICO, CON EL ORDEN DE LOS CANDIDATOS SEGÚN SU ANTIGÜEDAD TOTAL EN LA EMPRESA. ESTE LISTADO SE ACTUALIZARÁ MENSUALMENTE EL ÚLTIMO DÍA DEL MES, TOMANDO POSESIÓN DE LA PLAZA EL PRIMER DÍA DEL MES. SI EL CANDIDATO QUE DEBE ACCEDER RENUNCIA A ENTRAR FIJO, NO DECAERÁ DEL LISTADO, MANTENIENDO SU PUNTUACIÓN Y ORDEN EN LA LISTA.

EN EL SUPUESTO DE EXISTIR MÁS DE UNA VACANTE PARA CUBRIR, SE OFERTARÁN LAS PLAZAS A LOS CANDIDATOS DE LA LISTA SEGÚN EL ORDEN DE ÉSTA, PUDIENDO ELEGIR EN PRIMER LUGAR LA PERSONA CON MÁS ANTIGÜEDAD LA PLAZA QUE DESEE, DESPUÉS EL SEGUNDO, ETC…HASTA AGOTAR LAS PLAZAS OFERTADAS.
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        SEGUNDO: LAS BOLSAS DE EMPLEO A LA QUE ESTÁN SUJETOS LOS TRABAJADORES/DORAS EVENTUALES, SERÁN PÚBLICAS, VISIBLES Y TRANSPARENTES Y SE RESPETARÁ EL ORDEN PARA HACER EL LLAMAMIENTO. ESTE SE REALIZARÁ SIEMPRE A LA PERSONA CON MÁS ANTIGÜEDAD EN LA BOLSA QUÉ ESTÉ DISPONIBLE PARA TRABAJAR. NO TRABAJARÁN “IDÓNEOS” SIN ANTES ASEGURARSE QUE LA LISTA, O LISTAS COLINDANTES ESTÁN AGOTADAS.

-          TERCERO: LA FORMACIÓN PUNTUABLE SERÁ IMPARTIDA ÚNICAMENTE POR LA EMPRESA. NUNCA SERÁ IMPARTIDA POR LOS SINDICATOS, EN VISTA DE LA ENORME CANTIDAD DE POBLACIÓN SIN EXPERIENCIA EN CORREOS, QUE HA CONSEGUIDO GRAN CANTIDAD DE PUNTOS PARA LA CONSOLIDACIÓN, DEBIDO AL NEGOCIO DE LOS CURSOS ABIERTOS A CUALQUIERA, IMPARTIDOS POR LOS SINDICATOS. ESTOS CURSOS PUNTUABLES CONVOCADOS ÚNICAMENTE POR LA EMPRESA SERÁN CON PLAZAS SUFICIENTES PARA TODO EL COLECTIVO EVENTUAL, Y EN CONVOCATORIAS SUCESIVAS Y REGULARES. TODO EL PERSONAL DE BOLSAS PODRÁ REALIZAR LOS CURSOS DE FORMACIÓN, ESTÉN O NO EN ACTIVO EN ESE MOMENTO. SE COMUNICARÁ A LOS INTEGRANTES DE LAS BOLSAS, LA CONVOCATORIA DE LOS CURSOS, PARA FACILITAR SU REALIZACIÓN.
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     CUARTO: CONTRATACIÓN MÁS HUMANA, SE NOS LLAMARÁ CON UN MÍNIMO DE 5 DÍAS HÁBILES DE ANTELACIÓN. PREFERENTEMENTE POR LLAMADA TELEFÓNICA, Y SI ES POR SMS NO SE DECAERÁ DE LA BOLSA SI NO PODEMOS RESPONDER A DICHO SMS; RENOVACIONES DE CONTRATO CON 10 DÍAS HÁBILES DE ANTELACIÓN. LOS CONTRATOS DE MENOS DE 15 DÍAS NO CORRAN TURNO EN EL ORDEN DE CONTRATACIÓN.
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     QUINTO: EVALUACIÓN DE MÉRITOS. MIENTRAS NO SE APRUEBE EL ACCESO POR ANTIGÜEDAD, DE CARA AL EXAMEN DE CONSOLIDACIÓN SE NOS RECONOCERÁ TODA LA ANTIGÜEDAD DESDE EL PRIMER DÍA TRABAJADO EN CORREOS, Y SIN DISTINGUIR PUESTOS BASE (YA SEA REPARTO, CLASIFICACIÓN O ATENCIÓN AL CLIENTE). ADEMÁS NINGÚN CURSO NO PODRÁ PUNTUAR MÁS QUE UN MES DE TRABAJO, DEBERÁN VALORASE POR IGUAL PUNTUACIÓN (POR EJEMPLO, UN MES TRABAJADO COMO 1 PUNTO, Y UN CURSO REALIZADO COMO 1 PUNTO).
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     SEXTO: EL PERSONAL EVENTUAL QUE LO SOLICITE PODRÁ DISFRUTAR LAS VACACIONES QUE LES  CORRESPONDAN SEGÚN CADA CONTRATO.
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       SÉPTIMO: LA FORMA DE CONTRATACIÓN SERÁ PREFERENTEMENTE A JORNADA COMPLETA. LA DURACIÓN DEL CONTRATO SERÁ POR EL TIEMPO MÁS LARGO POSIBLE (SEIS MESES EN EL MISMO PUESTO, COMO SI ESTÁ PASANDO EN EL TURNO DE NOTIFICACIONES). EN CASO DE CONTRATOS A JORNADA PARCIAL, NO SE DECAERÁ DE LAS BOLSAS EN CASO DE RECHAZARLOS. EN NINGÚN CASO SE UTILIZARÁN CONTRATOS POR HORAS. LOS CONTRATOS CORTOS QUE INCLUYAN VARIAS SEMANAS, DEBEN COINCIDIR EXACTAMENTE EMPEZANDO UN LUNES Y TERMINANDO UN DOMINGO.

-          OCTAVO: NO SE PODRÁ DECAER DE LAS BOLSAS DE CONTRATACIÓN SIEMPRE QUE SE HAYA SUPERADO EL PERIODO DE PRUEBA. NO SERÁ DE APLICACIÓN NINGUNA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO AL PERSONAL EVENTUAL PARA HACERLO DECAER DE LAS BOLSAS.